SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER, el derecho de pago por concepto de VACACIONES TRUNCAS, a favor de la ex servidora LUZ MARINA ALIAGA VILLCAS bajo los alcances del régimen laboral del D.L Nº 1057, por el importe de pago único de MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 1,875.00), dicho beneficio se otorga tomando en cuenta el informe Nº76-2023-GR.APURIMAC/DRA-OF.RR.HH AC, Informe Nº463-2023-GR.APURIMAC/DRA/OF.RR.HH/A.REM y contratos firmados, Correlativo de
Meta:0008-2023 «Administración y Almacenamiento de Kits para la Asistencia frente a Emergencias y desastres», Clasificar Gasto; 2.3.2.8.1.5, Vacaciones Truncas- D.L 1057-CAS.
ARTICULO SEGUNDO. – ESTABLECER, que el cumplimiento de pago por concepto de Vacaciones Truncas reconocidos en el artículo primero del presente acto Resolutivo, está sujeto a la disponibilidad presupuesta respectiva en observancia a la normativa vigente.
ARTÍCULO TERCERO.- AUTORIZAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento territorial de Gobierno Regional de Apurímac, con su dependencia la Sub Gerencia de Presupuesto, a efectos de adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Resolución, asimismo al Área de Remuneraciones.
ARTÍCULO CUARTO. – NOTIFICAR, la presente Resolución a la Señora LUZ MARINA ALIAGA VILLCAS en su domicilio real Urbanización Santa Sebastiana Lt 01 Fonavi de la ciudad de Abancay, a las instancias administrativas del Gobierno Regional de Apurímac y al legajo personal de la interesada para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónica del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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