RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 595-2021-GR-APURIMAC.GG

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enero 25th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 595-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la Empresa  J&M GLASS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con RUC Nº 20603234422, contra la descalificación de su oferta que presento contra el otorgamiento de la buena pro a favor del Postor Adjudicatario, en  el marco del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° AS-SM-82-2021- GRAP-1  (Primera Convocatoria), efectuada por el Gobierno Regional de Apurímac, para la adquisición e Instalación de Vidrio Laminado Tipo Sandwich de 6 MM  para  el  Proyecto: «Mejoramiento de los Servicios Educativos en la I.E.S. Juan Antonio Trelles de Huancarama, Distrito de Huancarama, Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac», en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, corresponde. (…)

ARTÍCULO SEGUNDO: SE DISPONE, que el Órgano Encargado de las Contrataciones a cargo de la conducción del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada Nº AS-SM-82-2021-GRAP-1 (Primera Convocatoria), realicen acciones administrativas pertinentes del procedimiento, conforme a lo dispuesto por la normativa de contrataciones del estado.

ARTÍCULO TERCERO: EJECUTARla garantía presentada por la Impugnante por la interposición de su recurso de apelación, de conformidad al artículo 132º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.

ARTICULO CUARTO.- SE DISPONE, se devuelva el expediente de contratacion del presente procedimiento de seleccion, a la Oficina de Abastecimineto, Patrimonio y Margesí de Bienes ( OEC ), para su custodia y acciones conforme a lo dispuesto por la normativa de contrataciones de estado.

ARTÍCULO QUINTO:  SE  DISPONE,  que la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, publique en el díala presente resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones  y Contrataciones del Estado (SEACE) del OSCE, conforme a ley.

ARTÍCULO SEXTO: SE DISPONEla publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

ARTÍCULO SEPTIMO: NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Sub Gerencia de Obras; Dirección Regional de Administración; Oficina Regional de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, Oficina de Tesorería y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia. ( VER PDF )

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