ARTÍCULO PRIMERO.· RECONFORMAR, la Comisión de Recepción y Liquidación técnico financiera del Proyecto «MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE ATENCIÓN DEL CENTRO DE SALUD YANACA, DISTRITO DE YANACA, PROVINCIA DE AYMARAES – APURÍMAC» con CUI Nº 2222051; en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente detalle;[…]
ARTÍCULO SEGUNDO.-DEJAR SIN EFECTO, Resolución Jefatura! Regional Nº 020-2024-GORE.APURIMAC/ORSL TPI, de fecha 12/06/2024, que conformó inicialmente la Comisión de Recepción y Liquidación Técnica- Financiera del Proyecto con CUI Nº 2222051, aclarando que las acciones y actos administrativos generados hasta la fecha quedan subsistentes, con eficacia del acto administrativo.
ARTÍCULO TERCERO.-La Comisión deberá instalarse de manera inmediata y sus acciones deberán de ceñirse de manera estricta a las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 001-2010-GR. APURIMACIPR, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 047-2010-GR. APURIMAC, y la Directiva 003-99 CTAR.APURIMACIPE, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Presidencial N° 416-99. CTAR·APURIMAC/P, y demás normas complementarias y/o modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO.-NOTIFÍQUESE, el contenido de la presente resolución a cada uno de los miembros integrantes de la Comisión, así como a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley(VER PDF).