RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 018-2024-GR.APURIMAC/GRI

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abril 18th, 2024
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 018-2024-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO:APROBAR, el Expediente técnico de AMPLIACION DE PLAZO N° 05- EN VIAS DE REGULARIZACION, de sub proyecto, «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.S SEÑOR DE ANIMAS DEL DISTRITO DE JUSTO APU SAHUARAURA-AYMARAES,APURIMAC», que forma parte del proyecto marco:» MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.SDAVID SAMANEZ OCAMPO DEL DISTRITO DE TINTAY Y LA I.E.S SEÑOR DE ANIM,AS DEL DISTRITO DE JUSTO APU SAHUARAURA-AYMARAES- APURIMAC», con CUI N°2302886,por el periodo de 74 días calendarios, cuyo periodo inicia el 09 de marzo de 2024 y finaliza el 21 de mayo del 2024, SIENDO LA FECHA DE TERMINO REPROGRAMADO EL DIA 21 de mayo del 2024, ello, con la finalidad de cumplir con las metas propuestas en el proyecto, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en el presente informe legal. con el siguiente detalle:[..]

ARTICULO SEGUNDO: EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de
sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la Optimización de los Recursos Públicos y plazos solicitados,
en mérito de a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.
ARTICULO TERCERO: REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos
Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las
sanciones a que hubiera lugar, por a demora en el trámite de la solicitud de AMPLIACION DE PLAZO Nº 05, EN VIAS DE
REGULARIZACION, conforme a la normativa vigente; sin perjuicio de EXHORTAR A LOS RESPONSABLES. DELPROYECTO-QUE DE REINCIDIR EN LAS MISMAS ACCIONES CONTRARIAS A LA LEY, SE PONDRA EN CONOCIMIENTO A LA OFICINA DE PROCURADURÍA PÚBLICA DE LA REGIÓN, PARA DETERMINAR LAS
RESPONSABILIDADES CIVILES, PENALES Y ADMINISTRATIVAS QUE CORRESPONDAN.
ARTICULO CUARTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el
mencionado Expediente Técnico de AMPLIACION DE PLAZO Nº 05 (EN VIAS DE REGULARIZACION), no exime de la
responsabilidad administrativa, civil y/o penal en que pudieran incurrir los responsables directos de dicha ejecución
del proyecto, de acuerdo a las normas vigentes de la materia.
ARTICULO QUINTO: DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Infraestructura) proceda
con el Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato Nº 08-A., conforme a norma.
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER, al Residente de Obra, proceda a presentar su cronograma de ejecución física y financiera
actualizada con el visto bueno del Inspector para su registro en el formato 12·8 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01.
ARTÍCULO SÉPTIMO: PRECISAR, que el presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados
o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso en concreto; en consecuencia, la Gerencia
Regional de Infraestructura, y demás Unidades Orgánicas inmersas en su ejecución deberán cautelar la observancia del
marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.

ARTICULO OCTAVO: ESTABLECER, que la aprobación del Expediente de AMPLIACION DE PLAZO  N°05 EN VIAS DE REGULARIZACION, es de carácter EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del proyecto, quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y  financiamiento.

ARTICULO NOVENO:NOTIFIQUESE, la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y transferencia de Proyecto de Inversión y a los responsables del proyecto de inversión Ing. Alex Sanchez Contreras – Residente de obra, Ing. Milton Emerson Zamora Ugarte – Supervisor de obra, para su conocimiento, fines de Ley y aplicación del caso.

ARTICULO DECIMO:PUBLIQUESE, la presente resolución en la pagina web del Gobierno Regional de Apurímac. www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de transparencia y Acceso a la información publica.

 

 

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