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abril 17th, 2024
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RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 102-2024-GR-APURIMAC/GG | ![]() |
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Descripción: | DICE: DEBE DECIR: ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto en fecha 18 de agosto de 2023, entre otros por los administrados: Héctor Gamarra Luna, identificado con DNI. Nº 31009254 y Wilber Medrano Llerena, identificado con DNI. Nº 31003718 en contra de la Resolución Directora! Nº 119-2023- GR.APURIMAC/D.OF.RR.HH y E, de fecha 09 de agosto del 2023. Estando a la Opinión Legal Nº 103-2024-GRAP/08/DRAJ, de fecha 03 de abril del 2024, con la que se CONCLUYE: .• RECTIFICAR, DE OFICIO con efecto retroactivo, el error material en la Resolución Gerencial General Regional Nº 417-2023-GR-APURIMAC/GG, de fecha 23 de octubre del 2023, en lo que corresponde a los nombres completos de los señores: Héctor Alberto Gamarra Luna y Wilber Eduardo Medrano Llerena, consignados en los ARTÍCULOS: PRIMERO Y TERCERO de la citada resolución, como Héctor Gamarra Luna y Wilber Medrano Llerena, vale decir con un solo nombre en ambos casos que son materia de rectificación; Por las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, la Gerencia General Regional en uso de las facultades conferidas y delegadas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 415-2023-GR-APURIMAC/GR, de fecha 23 de octubre del 2023, Resolución Ejecutiva Regional Nº 087-2023-GR-APURIMAC/GR, de fecha 06 de febrero del 2023 y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), del Gobierno Regional de Apurímac, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 015-2011-GR-APURIMAC/CR, del 15-12-2011, modificada por Ordenanza Regional Nº 001-2018-GR-APURIMAC/CR, del 12-02-2018; SE RESUELVE: ARTÍCULO SEGUNDO.· RATIFICAR, la plena vigencia y validez legal de los demás extremos que la contiene la Resolución Gerencial General Regional Nº 417-2023-GR-APURIMAC/GG. de fecha 23 de octubre del 2023.
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