SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 01 – CON INCREMENTO PRESUPUESTAL DEL COMPONENTE DE SUPERVISION, DEL PROYECTO DE INVERSION PÚBLICA: «MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE PRIMER NIVEL DE ATENCION CATEGORIA 1·2 DEL PUESTO DE SALUD DE HUAYLLATI, DISTRITO DE HUAYLLATI – GRAU – APURIMAC», con Código Unificado N° 2334493; cuyo Incremento Presupuestal para el componente: asciende a la suma de S/. 85’600,50 (Ochenta y cinco mil seiscientos con 50/100 soles); siendo el Incremento Total de Techo Presupuestal – para el Componente, la suma de S/. 377,053.79 (Trescientos setenta y siete mil cincuenta y tres con 79/100 soles); con un presupuesto total ACTUALIZADO del Proyecto de Inversión Pública, la suma de S/. 6’544,491.88 (Seis millones quinientos cuarenta cuatro mil cuatrocientos noventa y uno con 88/100 soles, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.• PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTICULO TERCERO.• ESTABLECER, que la aprobación del presente expediente es de CARÁCTER’ EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO.• DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACION EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 01- CON INCREMENTO PRESUPUESTAL DEL COMPONENTE DE SUPERVISION, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas.
ARTICULO QUINTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y pendencias orgánicas competente, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, los responsables de la ejecución del proyecto en mención, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTICULO SEXTO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Pagina Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )