SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DECLARAR INFUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por los servidores nombrados de la Sede Central de la Entidad: Dionicio PERALTA HUARANCCA, Juan Eloy CONDORI GÓMEZ, lmelda Haydee YANAC GARCÍA, Madeleine Hilda CASTILLO CAHUANA, Marisela HOYOS BRAVO, María Antonieta TORRES GUZMAN, Santosa Higidia PORTUGAL PEÑA, Beatriz VALENCIA SALAS, Mauro RAMOS YARASCA, María Eugenia CARRERA QUINTANILLA, Diomedes Abdia TELLO CERON, Ángel Max BACA BLANCO, Mary Janet VALVERDE ENRIQUEZ, Hugo Hernán AVALA RODRIGUEZ, Carlos Dimas GUILLEN SOTOMAYOR, Gabriela LONCONE QUISPE, Antonio PALOMINO ARENAS, contra la Resolución Directoral Nº 153-2021-GR.APURIMAC/D.RR.HHyE, de fecha 27 de octubre del 2021, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, CONFÍRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Queda agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 228° del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el T.U.O de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO SEGUNDO.· DEVOLVER, los actuados a la oficina de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo.
ARTÍCULO TERCERO.· NOTIFÍCAR, la presente resolución a los interesados, a la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, Dirección Regional de Administración, e instancias administrativas que corresponda para su conocimiento y fines de Ley.
ARTICULO CUARTO.· PUBLIQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regionapurimac.gob.pe de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )