julio 22nd, 2015
DESESTIMAR POR IMPROCEDENTE, el recurso de apelación contra la Resolución Ficta Denegatoria invocado por la administrada Bedalmina Bautista Aedo. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución NO HA LUGAR la pretensión de aplicación de la Escala de Remuneraciones prevista por la Resolución Ejecutiva Regional N° 194-2012-GRAPURIMAC/PR, su fecha 13-03-2012, por no corresponder. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General.