RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°310-2024-GR-APURIMAC/GG

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noviembre 12th, 2024
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°310-2024-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 08 (Sentencia), de fecha 25 de mayo de 2023; la Resolución N° 11 (Sentencia de Vista), de fecha 12 de setiembre de 2023 y la Resolución N° 13 (Requerimiento de Ejecución de Sentencia) de fecha 12 de agosto de 2024; del Expediente Judicial N°00506-2022-0-0302.JR-LA-01, interpuesto por JUAN DIONICIO MEJIA SOLGADA, en contra de la Gobierno Regional de Apurímac y, con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: 1) La Nulidad de la Resolución Gerencial General Regional N° 481-2022-GR.APURÍMAC/GG de fecha 05 de agosto del 2022, 2) INFUNDADA el extremo del pago de la suma de S/. 38,976.06 como devengados de la referida bonificación al no haberse acreditado en autos dicho adeudo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por JUAN DIONICIO MEJIA SOLGADA, en contra de la Resolución Directoral N° 050-2022-GR/Ap-DSRA-D de fecha 19 de abril de 2022. RECONOCIENDO, en favor del demandante el pago de la suma mensual de SI. 134.41 y anual de S/. 1,61292 correspondiente a la continua derivada del artículo 1 0 del Decreto de Urgencia N° 037-94, a partir del 01 de enero del 2017.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, a la Dirección sub Regional Agraria Andahuaylas, a fin de que proceda a practicar la liquidación del pago de la suma mensual de SI. 134.41 y anual de SI. 1,612.92 correspondiente a la continua derivada del artículo 1 0 del Decreto de Urgencia N° 037-94, a partir del 01 de enero del 2017, en estricto cumplimiento al mandato judicial; para cuyo fin remitir, los actuados y sus antecedentes a la Dirección Sub Regional Agraria Andahuaylas, para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley N° 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N° 011-2019-JUS.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia General Regional, Dirección Sub Regional Agraria Andahuaylas, Procuraduría Pública Regional, Primer Juzgado Civil – MBJ. ANDAHUAYLAS informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines, (VER PDF)

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