RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°043-2025-GR.APURIMAC/GRI

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abril 9th, 2025
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N°043-2025-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N°004, CON INCREMENTO PRESUPUESTAL, (PARTIDAS NUEVAS, DEDUCTIVOS, ACTUALIZACIÓN DE COSTOS Y MANO DE OBRA) para el sub Proyecto denominado: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO EN LA COMUNIDAD DE CUPISA, DISTRITO DE SAN JERÓNIMO- ANDAHUAYLAS – APURÍMAC» – META 194-2025, del Proyecto de Inversión Pública matriz con CUI N°2215017; aclarando que el incremento presupuestal asciende a la suma de SI 286,368.91 soles teniendo como presupuesto total actualizado la suma de S/9,453,550.47soles; ello a fin de cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución y cuyos antecedentes obran en 02 archivadores; y, conforme al siguiente detalle:[…]

ARTÍCULO SEGUNDO: EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y trámite de aprobación del expediente de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N°04, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimización de los Recursos Públicos y Presupuestos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.
ARTÍCULO TERCERO: DETERMINAR que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N°04 materia del presente, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO CUARTO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARÁCTER  EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del sub Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad Vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Sub Gerencia de Obras, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención Residente de Obra e Inspector de Obra y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley, (VER PDF).

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