RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 480-2023-GR-APURIMAC/GG

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diciembre 14th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 480-2023-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 09 (Sentencia) de fecha 31 de enero de 2022, la Resolución Nº 14 (Sentencia de Vista) de fecha 14 de abril de 2023 y la Resolución Nº 16 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 20 de octubre de 2023; del Expediente Judicial Nº 01094-2019-0-0301-JR-Cl-01, interpuesto por ALIPIO HERMENEGILDO ARBIETO SEGOVIA, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurimac. el Gobierno Regional de
Apurimac, y con emplazamiento al Procurador Público del Gobierno Regional de Apurimac; en consecuencia se DECLARA: 1) La nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 307-2019-GR-APURIMAC/GR, de fecha 24 de mayo de 2019; 2) Improcedente, la demanda respecto de la nulidad total de la Resolución Directora! Regional Nº 0261-2019-DREA, de fecha 13 de marzo de 2019.
ARTICULO SEGUNDO.·. DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por ALIPIO HERMENEGILDO ARBIETO SEGOVIA, en contra de la Resolución Directoral Regional Nº 0261-2019-DREA, de fecha 13 de marzo de 2019; RECONOCIENDO, el pago del subsidio por luto y gastos de sepelio, en base a dos remuneraciones (o pensiones) totales o integras cada uno (esto es, cuatro remuneraciones o pensiones totales o integras). que percibía a la fecha del fallecimiento de quien en vida fue su señora cónyuge Tiburcia Maximilíana Pino Guzmán, (13 de marzo del año 2019), más los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección de Recursos Humanos y Escalafón, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley N° 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS .
ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección de Recursos Humanos y Escalafón, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurimac. para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO. · DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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