SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 06 (Sentencia) de fecha 27 de abril de 2023, la Resolución Nº 12 (Sentencia de Vista) de fecha 31 de octubre de 2023 y la Resolución Nº 14 (Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 13 de febrero de 2024, recaída en el Expediente Judicial Nº 00807-2022-0-0301-JR-LA-01. la cual declara FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por ROSA ELVIRA SALAS DE AZURIN, en contra del Gobierno Regional de Apurímac, la Dirección Regional de Educación de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico; en consecuencia, DECLARO: 1) la Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional Nº 423-2022-GR-APURIMAC/GG de fecha 15 de julio de 2022.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por ROSA ELVIRA SALAS DE AZURIN, en contra de la Resolución Directora! Regional Nº 1063-2022-DREA, de fecha 20 de mayo del 2022; RECONOCIENDO, el pago de los devengados por el incremento dispuesto en el Decreto Ley Nº 25981 (correspondiente al diez por ciento de la parte de su haber mensual del mes de enero de mil novecientos noventa y tres, afecto a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda); los mismos que deben ser calculados y abonados conforme a lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25981 desde que se ha incumplido la norma, esto es el primero de febrero de mil novecientos noventa y tres en adelante, más el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORICESE a la Dirección Regional de Educación cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin. EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIA.
ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento, y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley N° 27584 «Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D.S. Nº 011-2019-JUS».
ARTICULO CUARTO.-ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac. procuraduría publica Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac; para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.-DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de transparencia y Acceso a la información publica.