RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 479-2023-GR-APURIMAC/GG

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diciembre 14th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 479-2023-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 07 (Sentencia) de fecha 28 de octubre de 2022, Resolución N° 13 (Sentencia de Vista) de fecha 30 de junio de 2023 y la Resolución N° 15 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 30 de octubre de 2023; del Expediente Judicial Nº 00012-2021-0-0301-JR-LA-01 interpuesto por FAUSTINO PICHIHUA BAUTISTA representado por su sucesora procesal Julia Vargas Solís, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurimac, el Gobierno Regional de Apurimac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurimac, en consecuencia, se DECLARA: 1) La Nulidad Total de la Resolución Gerencial General Regional Nº 366-2020-GR-APURIMAC/GG de fecha 18 de setiembre de 2020; 2) Improcedente la demanda respecto de la nulidad total de la Resolución Directora! Regional Nº 0713-2020-DREA de fecha 21 de julio de 2020.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por FAUSTINO PICHIHUA BAUTISTA representado por su sucesora procesal Julia Vargas Solís, en contra de la Resolución Directora! Regional Nº 0713-2020-DREA de fecha 21 de julio de 2020; RECONOCIENDO, percibir de forma permanente la bonificación diferencial a que hace referencia el inciso a) del articulo 53 del Decreto Legislativo 276, en base a su remuneración total, más los devengados e interese legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurimac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley N° 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N° 011-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO. – DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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