RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 067-2023-GR.APURIMAC/GRI

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diciembre 14th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 067-2023-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, la Modificación en fase de Ejecución del Componente de Liquidación de inversiones, del IOARR denominado: Adquisición de Terreno; en el(LA), I
E la Salle Abancay en la Localidad Abancay,Distrito de Abancay, Provincia de Abancay, Departamento de Apurimac»,siendo la asignación presupuestal la suma de S/.36,507.94soles; con un presupuesto total del proyecto de SI. 6’213,929.88 soles, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO. • CUMPLA, la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Infraestructura) con Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato N°08-A, confonme a norma.
ARTICULO TERCERO.- PRECISAR,que, el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Gerencia Regional de Infraestructura, y demás Unidades Orgánicas inmersas en su ejecución, asume toda la
responsabilidad sobre la aprobación y/o autorización de la modificación en fase de ejecución (incremento presupuesta! para el componente de liquidación de inversiones), y las consecuencias que de estas se deriven, debiendo cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTICULO CUARTO.· ESTABLECER, que la aprobación del expediente de Modificación en fase de Ejecución del Componente de Liquidación de Inversiones, del IOARR, es de carácter eminentemente técnico;quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.

ARTICULO QUINTO. – DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente de Modificación en fase de Ejecución del Componente de Liquidación de Inversiones, del IOARR, la responsabilidad recae en el Coordinador de Liquidación de Inversiones y los responsables del proyecto, de acuerdo a sus
funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.
ARTICULO SEXTO. – NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y dependencias orgánicas competentes, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, y demás dependencias competentes, para
conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTICULO SÉPTIMO. – DISPONER,_la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

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