SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR. IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuesto por SIXTO AGUIRRE HUILLCAS, contra la Resolución Directora! Regional Nº 01695-2023-DREA, de fecha 26 de setiembre del 2023. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Articulo 218 de la Ley N’ 27444 del Procedimiento Administrativo General, concordante con Articulo 228 del Decreto Supremo N’ 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley de Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente
ARTÍCULO TERCERO.· NOTIFIQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, al interesado e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLIQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.