RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°465-2023-GR.APURIMAC/GG

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diciembre 6th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°465-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 07 (Sentencia) de fecha 12 de agosto de 2022, Resolución N° 11 ( Sentencia ) de fecha 09 de enero de 2023 y la Resolución N° 15 (Aulo de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 29 de setiembre de 2023; del Expediente
Judicial N’ 00303-2022-0-0301-JR-LA-01, interpuesto por PABLO PAIRA POCCARONI, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurimac, el Gobierno Regional de Apurimac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurimac, en consecuencia, se DECLARA: 1) La Nulidad Parcial de la Resolución
Ejecutiva Regional N’ 617-2019-GR-APURIMAC/GR de fecha 02 de octubre de 2019; 2) Improcedente la demanda respecto a la Nulidad Parcial de la Resolución Directora! Regional N’ 1180-2019-DREA de fecha 02 de agosto de 2019.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por PABLO PAIRA POCCARONI, en contra de la Resolución Directoral Regional N’ 1180-2019-DREA, de fecha 02 de agosto de 2019; RECONOCIENDO, el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración letal (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para la demandante, esto es; desde la vigencia de la Ley N° 25212,que modifica la Ley del Profesorado (21 de mayo de 1990) hasta la fecha de la derogación de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado (25 de noviembre del 2012), con la sola deducción de lo que se ha venido pagando por este concepto, más el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurimac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.
ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley N° 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N° 011-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurimac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO. – DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública.

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