![](https://app.regionapurimac.gob.pe/transparencia/wp-content/themes/afx-trans/images/down.png)
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Duodécima Modificación y Décimo Tercera Versión del Plan Anual de Contrataciones del Gobierno Regional de Apurimac, para el Ejercicio Fiscal del Año 2023, la cual Incluye seis (06) procedimientos de selección, y excluye treinta (30), procedimientos de selección, conforme se detalla en el anexo Nro. 01, que forma parte inte9rante de la presente Resolución, ello en mérito a los informes técnicos emitidos por las instancias administrativas, asi como por los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER, que la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, publique la presente Resolución y su anexo Nro. 01, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los cinco (5) dias hábiles siguientes a su aprobación, de acuerdo a lo establecido por el articulo 6′ del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR, que la presente Resolución y su anexo Nro. 01, se encuentren en la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes de la Entidad, a disposición de los Interesados para su revisión o adquisición al precio del costo de su reproducción.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, la publicación de la presente Resolución y su Anexo Nro. 01, en el portal institucional del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo establecido por Ley de Transparencia y Acceso a la lntornacion Publica.
ARTÍCULO QUINTO: DETERMINAR, que la presente modificación al PAC, es de responsabilidad de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes (OEC) y su Personal, por ser esta Dependencia quién ha elaborado, consolidado y emitido el informe técnico, que sustenta la presente modificación al PAC y el Anexo Nro. 01.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Dirección Regional de Administración, Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes (OEC), y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, y fines de ley que amerite por corresponder.