RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°428-2023-GR.APURIMAC/GG

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noviembre 20th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°428-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DECLARAR, FUNDADO EN PARTE el recurso administrativo de apelación promovida por la señora Miriam María JARA TOLEDO, contra la Resolución Directora! Regional Nº 1681-2023-DREA de fecha 25 de setiembre del 2023 En  consecuencia, DECLARAR, la Nulidad en Parle de la citada resolución(Articulo Tercero) Respecto al ABONO, en el extremo correspondiente al cálculo de la Liquidación de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) por causal prevista en el numeral 10.1 del artículo 10 del TUO de la .Ley Nº 27444 LPAG, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y en las partes que corresponde, asimismo de conformidad con lo previsto en el numeral 227.2 del articulo 227 del TUO en mención de la LPAG, y , conforme a los razonamientos señalados. REPONER, el presente procedimiento al momento en que el vicio se produjo, en tanto la Direccion Regional de Educación de Apurimac deberá emitir nuevo acto resolutivo, sobre el. calculo de la Liquidación de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS conforme a l0 establecido en la Ley N° 31585, D.S. N° 320-2022-EF, y las Opiniones N°003-2023-DGGFRH/DGPA y 0015-2023· DGGFRH/DGPA, del MEF, que se anexan al Expediente.
Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÓRMESE PARCIALMENTE, en los demás extremos que la contiene la citada resolución.
Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 228 del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada jey del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO.· DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo. como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO. • NOTIFÍQUESE. con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, a la interesada e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, que corresponde, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO. • PUBLIQUESE. la presente resolución,en el portal web institucional:www.reqionapurimac.gob.pe. de conformidad con la Ley de Transparencia y Accesos a
la Información Pública.

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