SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Liquidación Técnico· Financiera de la IOARR denominada: «ADQUISICION DE CONGELADORES HORIZONTALES; EN EL(LA) EESS PACHACONAS • PACHACONAS EN LA LOCALIDAD PACHACONAS, DISTRITO DE PACHACONAS, PROVINCIA ANTABAMBA, DEPARTAMENTO DE APURIMAC», con CUI Nº 2437946, por un Costo Real de SI 18,500.00 soles, correspondiente a la Ejecución Presupuesta! del Año Fiscal: 2020, según Correlativo de Meta Nº 0277-2020; para efectos de proceder con la Transferencia a la Entidad Sector Público. encargada de su Operación y mantenimiento y el cierre en el banco de inversiones ello, en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y liquidador Financiero, de la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión;’y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades
orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el Cumplimiento de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administratorio del Gobierno Regional de Apurimac; para que, a través de sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnica – financiera del proyecto en mención. Asimismo: DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad- Oficina de Tesorería), en cumplimiento de sus funciones y competencias, implementen las observaciones y recomendaciones. bajo responsabilidad; para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidación financiera (informes técnicos • financieros), que se custodian en ta oficina de resoluciones; ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.
ARTICULO CUARTO: NOTIFIQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO QUINTO: PUBLIQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.