ORDENANZA REGIONAL N° 018-2023-GR-APURIMAC/CR

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noviembre 2nd, 2023
ORDENANZA REGIONAL N° 018-2023-GR-APURIMAC/CR
Descripción:

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
DECLARA DE INTERÉS REGIONAL «EL FESTIVAL DE LA HUAYLIA ANTABAMBINA», PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, COMO CULTURA VIVA DE LA REGIÓN APURIMAC, POR SU TRASCENDENCIA Y PREPONDERANCIA, DEBE SER PUESTO EN VALOR COMO DESTINO TURÍSTICO TRASCENDENTAL E INCORPORADO EN EL CALENDARIO TURÍSTICO ANUAL DE LA REGIÓN APURIMAC, POR SER PATRIMONIO
CULTURAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARA DE INTERÉS REGIONAL la segunda semana de diciembre de cada año «EL FESTIVAL DE LA HUAYLIA ANTABAMBINA»,PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN, COMO CULTURA VIVA DE LA REGIÓN APURIMAC, POR SU TRASCENDENCIA Y PREPONDERANCIA, DEBE SER PUESTO EN VALOR COMO DESTINO TURÍSTICO TRASCENDENTAL E INCORPORADO EN EL CALENDARIO TURÍSTICO ANUAL DE LA REGIÓN APURIMAC, POR SER PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencias Regionales y Sub Gerencias, Direcciones Regionales, Oficinas, Unidades Orgánicas y Órganos Desconcentrados y Descentralizados del Gobierno Regional de Apurímac el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO TERCERO.- DEROGAR, todas las disposiciones que contravengan con la vigencia de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional conforme dispone el Artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales y sus Modificatorias. En el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO QUINTO.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente de su promulgación. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Apurímac, parasu promulgación.
En Abancay, a los cinco días de mes de Octubre del año dos mil veintitrés.

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