RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°425-2023-GR.APURIMAC/GG

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noviembre 2nd, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°425-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 05 (Sentencia) de fecha 26 de noviembre de 2021, la Resolución Nº 10 (Sentencia de Vista) de fecha 04 de abril de 2022 y la Resolución N° 12 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 25 de julio de 2022; del Expediente Judicial Nº 01266-2019-0-0301-JR-LA-02. interpuesto por BRAUUO REYNALDO GONZALES VALENCIA, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurimac y del Gobierno Regional de Apurimac, con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurimac, en consecuencia se DECLARA: 1) La nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 453-2019-GR-APURIMAC/GR de fecha 25 de julio de 2019; 2) Declarando Improcedente la demanda respecto de la nulidad parcial de la Resolución Directora! Regional
Nº 753-2019-DREA, de fecha 15 de mayo de 2019.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por BRAULIO REYNALDO GONZALES VALENCIA, en contra de la Resolución Directora! Regional Nº 753-2019-DREA, de fecha 15 de mayo de 2019;RECONOCIENDO a favor del demandante el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra)no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante, esto es, desde el 21 de mayo de 1990 hasta un dia antes de su cese (29 de abril del 2004), con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, previa liquidación administrativa; asimismo, reconociendo a favor del demandante el pago del 5% de Bonificación por Desempeño Directivo base a su remuneración total, solo por el periodo que ocupó el cargo docente de educación superior. Para cuyo efecto
AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurimac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDA TO JUDICIAL. de
ARTICULO TERCERO.- REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley N» 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S N» 011-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurimac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado. a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional Apurimac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO. – DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe,
conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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