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E RESUELVE:ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR, IMPROCEDENTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por el señor Antonio CHIRINOS MOLIN ra la Resolución Directoral Regional N’ 0440-2023-DREA de fecha 04 DE Abril del del 2023. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada a la Via Administrativa conforme establece el Artículo 218 de la Ley N» 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Modificado por el Decreto Legislativo N» 1272, concordante con el Articulo 228′ del Decreto Supremo N’ 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO. – DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO. – NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, al interesado e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, que corresponde, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO. – PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.regionapurimac.gob.Pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.