RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 051-2023-GR.APURIMAC/GRI

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octubre 31st, 2023
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 051-2023-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 08 CON INCREMENTO PRESUPUESTAL, POR ADICIONALES DE OBRA, PARTIDAS NUEVAS, MAYORES METRADOS Y DEDUCTIVOS DE OBRA del Proyecto: «MEJORAMIENTO DEL COMPLEJO DEPORTIVO EL OLIVO PARA EL
DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY, REGIÓN APURÍMAC, con Código Único de Inversión Nº 2164453, siendo el incremento presupuesta!, por las causales señaladas, la suma de: S/532,636.64 SOLES (QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS con
64/100 soles), teniendo como presupuesto total actualizado la suma de: S/. 50’531,079.76 soles, (CINCUENTA MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y ÚN MIL SETENTA Y NUEVE con 76/100 soles), en ello. en conformidad al sustento técnico contenido en el expediente técnico; y conforme al siguiente detalle:[…]

ARTÍCULO SEGUNDO. – PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO.·. ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARACTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento
ARTÍCULO CUARTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 08, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás
instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO QUINTO . •• NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y dependencias orgánicas competentes, Sub Gerencia de Obras, Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención al Residente de
Obra: tng. Víctor Raúl Sarmiento Pinto, Supervisor de Obra: lng. Fredy Quispe Ferrel y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO .• DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob pe de rmidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

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