RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N°015-2023-GR.APURIMAC/GRDE

Archivo
octubre 31st, 2023
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N°015-2023-GR.APURIMAC/GRDE
Descripción:

SE RESUELVE :
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL Nº 02 CON INCREMENTO PRESUPUESTAL EN FASE DE EJECUCIÓN PARA INCORPORACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL CONTROL CONCURRENTE POR IMPLEMENTACIÓN de la Ley Nº 31358 -LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA EXPANSIÓN DEL CONTROL
CONCURRENTE del Proyecto: MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO A LA CADENA PRODUCTIVA DEL CUY EN CINCO PROVINCIAS DE LA REGIÓN DE APURÍMAC», con CUI N° 2278805, con un presupuesto de total actualizado S/. 6’007, 662.72 (SEIS MILLONES SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS con
72/100 Soles), siendo la incorporación del presupuesto del Control Concurrente por el monto que asciende a S/. 75,550.86 (SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA con 86/100 Soles), para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente opinión legal, conforme al siguiente detalle:[…]

ARTÍCULO SEGUNDO. – DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Desarrollo Económico) proceda con el Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato Nº 08-A., conforme a norma.
ARTÍCULO TERCERO. – DISPONER, que, efectuado los registros en el articulo precedente, la UEI deberá de Autorizar la ejecución y acciones administrativas correspondientes, (por requerir mayor presupuesto) para efectos de cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto,teniendo en cuenta el marco normativo del numeral 3.3.9.4.Ejecución,dela Directiva N’001-2022-GR.APURIMAC/GR.
ARTÍCULO CUARTO-PRECISAR,que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones y Realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO QUINTO.-ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARACTER EMINENTEMENTE TÉCNICO;siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO SEXTO .•DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones,errores,deficiencias,transgresiones técnicast!;el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL Nº 02 DEL EXPEDIENTE TÉCNICO EN FASE DE EJECUCIÓN POR INCORPORACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL CONTROL CONCURRENTE POR PLEMENTACIÓN dela LeyNº
31358-LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA EXPANSIÓN DEL CONTROL CONCURRENTE del citado Proyecto, con CUI Nº 2278805, la responsabilidad recae en       los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales
vigentes.
ARTÍCULO SÉPTIMO. • NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y dependencias orgánicas competentes, Sub Gerencia de Obras, Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención al Residente de Obra: lng. GASSENDY CONDORI PALMA, Supervisor de Obra: tng. JULIANA RHUTT ARROYO CLEMENTE, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO OCTAVO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.reqionapurimac.qob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]