RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°337-2023-GR.APURIMAC/GG

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septiembre 19th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°337-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR,el Expediente de Liquidación Técnico- Financiera de la IOARR denominada:»ADQUISICION DE CONGELADORES HORIZONTALES; EN EL (LA) EESS LUCRE – LUCRE EN LA LOCALIDAD LUCRE, DISTRITO DE LUCRE, PROVINCIA AYMARAES DEPARTAMENTO APURIMAC»,con Código Unificado de Inversiones Nº 2437919, por un costo real de
S/18,500.00 soles, correspondiente a la Ejecución Presupuestal del Año Fiscal:2020,según Correlativo de Meta Nº 0280-
2020; para efectos de proceder con la Transferencia a la Entidad del Sector Público, encargada de su operación y mantenimiento y el cierre en el banco de inversiones;ello, en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y Liquidador Financiero, de la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de
Inversión;y,de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia,la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión,y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución
ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de APURIMAC,para que, a través de sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnica-financiera del proyecto en mención.Asimismo; DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras(Oficina de Contabilidad  – Oficina de Tesorería), en cumplimiento de sus funciones y competencias,implementen las observaciones y recomendaciones, bajo responsabilidad; para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidación financiera (informes técnico – financieros], que se custodian en la oficina
de resoluciones; ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.                                                                                                                      ARTICULO CUARTO.- NOTIFIQUESE,con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

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