SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. • DECLARAR, IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuesto por el señor Toribio MONDRAGON SALCEDO, contra la Resolución Directoral Nº 020-2023-GRA/Ap/DSRA-AND-D, de fecha 16 de marzo del 2023. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Articulo 218 de la Ley N» 27444 del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Articulo 228º del Decreto Supremo N» 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO.· DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo como antecedente.
ARTICULO TERCERO.- NOTIFIQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, a la Direccion Sub Regional Agraria de Andahuaylas, al interesado e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, con las formalidades señaladas por ley. ARTICULO CUARTO.- PUBLIQUESE, la presente resolucion, en el portal web institucional www.regionapurimac.gob.pe de conformidad con la ley de transparencia y Acceso a la informacion publica.