RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°323-2023-GR.APURIMAC/GG

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septiembre 6th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°323-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR PARCIALMENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo » por el periodo de 07 días calendario, vale decir del 09 de agosto (dia siguiente de la fiscalización del hecho generador) hasta el 15 de agosto de 2023, con relación a la Orden de Compra – Guia de Internamiento N° 0001519 de fecha 15/06/2023, peticionado a la Entidad por la Contratista Deysi Chipana Paucar, en fecha 09/08/2023, mediante la Escrito S/N, registrado con SIGE N° 21160, lo cual ha sido corroborado, sustentado, cuantificado y determinado por el Área Usuaria de la Contratación y el Órgano Encargado de las Contrataciones de la Entidad, de conformidad a lo
establecido por el articulo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR, EN EL DÍA mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, la presente resolución a través del SEACE, conforme dispone el numeral 158.3 del articulo 158º de Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para su conocimiento y fines de ley. Sin perjuicio, de notificar la presente resolución, a la Contratista DEYSI CHIPANA PAUCAR, a su correo electrónico contractual: YANAMACHAYPUNKU16@hotmail.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO TERCERO: DETERMINAR, que la presente aprobación parcial de ampliación de plazo por el periodo de 07 dias calendario, es eminentemente de ampliación de plazo, NO IMPLICANDO actos o acciones u otras variaciones, que no se enmarquen a la Orden de Compra -Guia de Internamiento N° 0001519 de fecha 15/06/2023 y la normativa de contrataciones del estado.
ARTÍCULO CUARTO: EXHORTAR, a la Contratista DEYSI CHIPANA PAUCAR, el cabal cumplimiento de sus obligaciones contractuales, establecidas en la Orden de Compra – Guia de Internamiento N° 0001519 de fecha 15/06/2023.
ARTÍCULO QUINTO. • NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; al Residente y Supervisor de Obra del referido proyecto; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia.
ARTÍCULO SEXTO.· SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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