RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°311-2023-GR.APURIMAC/GG

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agosto 16th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°311-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 06 (Sentencia) de fecha 08 de enero de 2021. Resolución Nº 13 (Sentencia de Vista) de fecha 27 de abril del 2022 y la Resolución Nº 15 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 12 de abril de 2023, recaída en el Expediente Judicial N° 01271-2019-0-0301-JR-Cl-02, la cual declara FUNDADA en parte la demanda contenciosa administrativa interpuesto por MARTHA MELENDEZ OBLITAS, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurimac, el Gobierno Regional Apurimac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: 1) La nulidad total de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 479-2019-GR-APURÍMAC/GR de fecha 07 de agosto de 2019; 2) Improcedente la demanda respecto a la pretensión de Nulidad Total de la Resolución Directora! Regional Nº 0947-2019-DREA de fecha 26 de junio de 2019.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por MARTHA MELENDEZ OBLITAS, en contra de la Resolución Directora! Regional Nº 0947-2019-DREA, de fecha 26 de junio del 2019; RECONOCIENDO el pago de la asignación por cumplir veinte años de servicios oficiales prestados al Estado (dos remuneraciones) y veinticinco años de servicios oficiales prestados al Estado (tres remuneraciones), teniendo como base de cálculo su remuneración total o integra al mes que cumplió dicho tiempo de servicios, con deducción del monto percibido de ser el caso, previa liquidación administrativa. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurimac, cumpla con realizar las acciones
administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.
ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo
45 del TUO de la Ley N’ 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D. S N’ 011-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR con el presente acto administrativo,
a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurimac, Procuraduría Pública Regional, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno
Regional de Apurimac, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública

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