RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°302-2023-GR.APURIMAC/GG

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agosto 16th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°302-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RES U EL VE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente de Liquidación Técnico· Financiera de la IOARR denominada:
«ADQUISICIÓN DE INCUBADORA PARA BEBES; EN EL (LA) EESS CASINCHIHUA – CHACOCHE EN LA LOCALIDAD CASINCHIHUA, DISTRITO DE CHACOCHE, PROVINCIA ABANCAY –  DEPARTAMENTO APURÍMAC», con Código Unificado de Inversiones N° 2437905, por un costo real de S/ 134,194.00 soles, correspondiente a la Ejecución Presupuesta! del Año Fiscal: 2020, según Correlativo de Meta N’ 0275-2020; para
efectos de proceder con la Transferencia a la cantidad del Sector Público, encargada de su operación mantenimiento y el cierre en el banco de inversiones; ello, en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y Liquidador Financiero, de la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión; y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.                                                                                                      ARTICULO SEGUNDO.- PRECISAR, que la presente resolucion no implica convalidacion de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarque dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Directiva Regional de Provisiones Liquidación y Transferencia de proyectos de Inversión,  y unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de
APURIMAC, para que, a través de sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables que correspondan
del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnica – financiera del proyecto en mención. Asimismo;
DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad – Oficina de Tesorería), en cumplimiento de sus funciones y competencias, implementen las observaciones y recomendaciones, bajo responsabilidad; para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidación financiera (informes técnicos • financieros), que se custodian en la oficina de resoluciones; ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, a la UEI (Gerencia Regional de Infraestructura) registre el cierre de las inversiones en el banco de inversiones mediante formato Nº 09 registro de cierre de inversiones; una vez que quede consentida la liquidación; en consecuencia, los órganos de linea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus atribuciones, deben realizar los actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFiQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac,
www.regionapurimac.gob.pe, ‘de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.

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