RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°245-2023-GR.APURIMAC/GG

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agosto 16th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°245-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR, EN EL DÍA mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi
de Bienes, la presente resolución a través del SEACE, conforme dispone el numeral 158.3 del articulo 158º de
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para su conocimiento y fines de ley. Sin perjuicio, de notificar
la presente resolución al Contratista Inversiones e Ingenieros Santa Ana S.C.R.L., a su correo electrónico
contractual: edgar_po11@hotmail.com, para su conocimiento y fines de ley .
ARTÍCULO TERCERO: SE EXHORTA, bajo responsabilidad al Área Usuaria de la Contratación y al Órgano
Encargado de las Contrataciones, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, al emitir sus informes técnicos y opiniones sobre las solicitudes de ampliaciones de plazo, debiendo de tener en cuenta lo establecido por la referida Orden de Compra, la normativa de contrataciones del estado y el Memorándum Múltiple N° 009-2023-GRAP/06/GG de fecha 17/01/2023. BAJO APERCIBIMIENTO EXPRESO, que en caso de enviar a la Gerencia General Regional, las solicitudes de ampliación de plazo, fuera del plazo establecido en el Memorándum Múltiple Nº 009-2023-GRAP/06/GG de fecha 17/01/2023, se remitirá inmediatamente los actuados a la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario. para el correspondiente deslinde de responsabilidades, por el retraso de los trámites administrativos.                                                                                                                        ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Sub Gerencia
de Obras; al Residente y Supervisor de Obra del referido proyecto; Dirección Regional de Administración; Oficina
de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de
Apurimac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia.

Dirección URL
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