RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°287-2023-GR.APURIMAC/GG

Archivo
agosto 11th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°287-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente de Liquidación Técnico – Financiero de la IOARR denominada:
‘ADQUISICIÓN DE CENTRIFUGAS; EN EL (LA) EESS SAURI – HUACCANA EN LA LOCALIDAD DE SAURI BAJO,
DISTRITO DE HUACCANA, PROVINCIA DE CHINCHEROS, DEPARTAMENTO DE APURIMAC», con Código Unificado N’ 2437997, por un costo real de S/15,000.00 soles, correspondiente a la Ejecución Presupuesta! del Año Fiscal 2020,según correlativo de metal N’ 283-2020, ejecutado por la modalidad de administración directa, para efectos de proceder con la Transferencia a la Entidad del Sector Público, encargada de su operación y mantenimiento y el cierre en el banco de inversiones; ello, en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y Liquidador Financiero, de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión; y de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones
realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto, en consecuencia, la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de
APURIMAC, para que, a través de sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables que correspondan
el presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnico – financiero de la IOARR en mención. Asimismo;
DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad – Oficina de Tesorería), en cumplimiento de sus funciones y competencias, implementen las observaciones y Recomendaciones, bajo responsabilidad; para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidación financiera (informes técnicos – financieros), que se custodian en la oficina de resoluciones; ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, a la UEI (Gerencia Regional de Infraestructura) registre el cierre de las inversiones en el banco de inversiones mediante formato N’ 09 registro de cierre de inversiones»; una vez que
i!? quede consentida la liquidación; en consecuencia, los órganos de linea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus
atribuciones, deben realizar los actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.                                                                                                                                                                                                           ARTICULO SEXTO: PUBLICACIÓN, la presente resolucion en la pagina web del Gobierno regional de Apurimac,www.regionapurimac.gob.pe. de conformidad a lo dispuesto por la ley de transparencia y Acceso a la información publica

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]