RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°286-2023-GR.APURIMAC/GG

Archivo
agosto 11th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°286-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 01 – CON INCREMENTO PRESUPUESTAL – POR ACTUALIZACIÓN DE COSTOS, del Sub Proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA IEI 670 RATCAY, DISTRITO DE CURPAHUASI, PROVINCIA DE GRAU-APURIMAC», correspondiente al Proyecto de lnversiqn Pública denominado: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LAS IEI 670 RATCAY, IEI 207 MOLLEPINA, IEI 024 CURPAHUASI, IEI 196 CCOTRO, IEI 112 CHAPIMARCA, IEI 201 MARQUECCA, DE LOS DISTRITOS DE CURPAHUASI Y CHUQUIBAMBILLA, PROVINCIA DE GRAU, REGIÓN APURÍMAC», con CUI Nº 2234552; con un Presupuesto Adicional de (Doscientos Noventa y Ocho Mil Setecientos Ochenta y Nueve con 48/100 soles) siendo el Presupuesto Total Actualizado la suma de S/. 2’691,165.08 soles (Dos Millones Seiscientos Noventa y Un Mil Ciento Sesenta y Cinco con 08/100 soles) para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente detalle:[…]                                                                  ARTÍCULO SEGUNDO .• DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Infraestructura) proceda con el Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato Nº 08-A., conforme a norma.
ARTÍCULO TERCERO .• DISPONER, que, efectuado los registros en el articulo precedente, la UEI debera de
Autorizar la ejecución y acciones administrativas correspondientes, (por requerir mayor presupuesto) para
efectos de cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, teniendo en cuenta el marco normativo del numeral 3.3.9.4.Ejecución, de la Directiva Nº 001-2022-GR.APURIMAC/GR.
ARTÍCULO CUARTO. – PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones
realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO QUINTO.· ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de CARACTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO SEXTO. – DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 01, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO SETIMO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a. la Gerencia Regional. de infraestructura y
dependencias orgánicas competentes, Sub Gerencia.de Obras, Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y
Transferencia de Proyectos de Inversiones, Sub Reg1on de Grau, a los responsables de la ejecucion del proyecto en
mención, al lng. Jesse Eduardo Quintanilla Noblega, en calidad de Residente de Obra, y al Supervisor de Obra. Arq. Gretel Pando Espinoza, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley .
ARTÍCULO OCTAVO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia  Acceso a la Información.

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]