RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°285-2023-GR.APURIMAC/GG

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agosto 11th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°285-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

E RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente de Liquidación Técnico- Financiera de la IOARR denominada:
«ADQUISICIÓN DE REFRIGERADORA CONSERVADORA DE MEDICAMENTOS; EN EL(LA) EESS PAMPACHIRI-PAMPACHIRI EN LA LOCALIDAD DE PAMPACHIRI, DISTRITO DE PAMPACHIRI, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS, DEPARTAMENTO DE APURIMAC»,con Código Unificado de Inversiones N°2437957,por un costo real de S/ 17,000.00 soles,correspondiente a la Ejecución Presupuesta del Año Fiscal:2020, según Correlativo de Meta Nº 02762020;para efectos de proceder con la Transferencia a la Entidad del Sector Público,encargada de su operación y mantenimiento y el cierre en el banco de inversiones; ello,en virtud al pronunciamiento informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y Liquidador Financiero, de la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión; y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR,que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto;en consecuencia,la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución realizados
ARTÍCULO TERCERO:a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de APURIMAC, para que, a través de sus órganos competentes contables,realice las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnica-financiera del proyecto en mención.Asimismo;DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad- Oficina de Tesorería), en cumplimiento de sus funciones y competencias,implementen las observaciones y recomendaciones, bajo responsabilidad; para ello,deben recabar obligatoriamente la información contenida e el expediente de liquidación financiera (informes técnico -financieros) que se custodia resoluciones ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.                                                                                                                                                                      ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, a la UEI (Gerencia Regional de Infraestructura) registre el cierre de las
inversiones en el banco de inversiones mediante formato Nº 09 registro de cierre de inversiones; una vez que
quede consentida la liquidación; en consecuencia, los órganos de linea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus
atribuciones, deben realizar los actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la
Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac,
www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.

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