SE RESUELVE:
¡ ARTICULO PRIMERO: APROBAR el EXPEDIENTE TÉCNICO del Proyecto de Inversión Pública denominado:
«CREACIÓN DE UN CENTRO DE ACOGIDA RESIDENCIAL PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD EN EL CENTRO POBLADO DE LAMBRAMA DEL DISTRITO DE LAMBRAMA, PROVINCIA DE ABANCAY-DEPARTAMENTO DE APURIMAC», CON CUI Nº 2415944, con un Presupuesto total de S/. 20’997,299.47 (Veinte Millones Novecientos Noventa y Siete Mil Doscientos Noventa y Nueve con 47/100 Soles), que se ejecutará bajo la Modalidad de ADMINISTRACIÓN DIRECTA, con un plazo de ejecución programado de 12 meses calendarios; ello, por haberse encontrado conforme técnicamente, conforme a los fundamentos y sustentos técnicos expuestos por los profesionales competentes, conforme al siguiente detalle:[…]
ARTICULO SEGUNDO. • PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTICULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación del EXPEDIENTE TÉCNICO con CUI N’ 2415944; es de carácter EMINENTEMENTE TÉCNICO, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTICULO CUARTO.· DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico aprobado, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos e informes de orden técnico, ello conforme a las normativas vigentes de la materia;
ARTICULO QUINTO. • NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, al Director de la Oficina Regional de Formulación y Evaluación de Inversiones (ORFEI), Comisión de Revisión y Aprobación de Expedientes Técnicos (CRAET) designado mediante Resolución Gerencial Regional N’ 051-2022-GR.APURIMAC/GRI, de fecha 07/07/22, y demás instancias competentes de la Entidad para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación.
ARTICULO SEXTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información.