![](https://app.regionapurimac.gob.pe/transparencia/wp-content/themes/afx-trans/images/down.png)
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto en fecha 1 O de mayo del 2023 por la Servidora SONIA MARGARITA ODICJO AGUfLAR, identificada con DNf N’ 31018045, en contra de la Resolución Directora\ Regional N’ 0304-2023-DREA, de fecha 09 de marzo del 2023. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando AGOTADA LA VÍA ADMINISTRATIVA conforme señala el articulo 218′ de la Ley N’ 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el articulo 228′ del Decreto Supremo N’ 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley.
ARTÍCULO SEGUNDO: DEVOLVER, Los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente Resolución a la Administrada Sonia Margarita Odicio Aguilar, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurimac, e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac,www.regionapurimac.gob.pe. de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.