RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°204-2023-GR.APURIMAC/GG

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junio 27th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°204-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

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RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, CONSENTIDO la segunda solicitud de ampliación de plazo, por el Periodo de 10 días calendario, que comprende del 08/12/2022 al 17/12/2022, con relación a la Orden de Compra-Guia de Internamiento Nº 0004545 de fecha 16/11/2022, peticionado por la Contratista Honorata Flora Espinoza Alata, mediante la Carta N° 02-2022/HFEA-ABANCAY registrado con SIGE N° 28413 de fecha 06/12/2022, por el transcurso o vencimiento del plazo concedido a la Entidad, conforme establece el numeral 158.3 del articulo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias; en consecuencia, se tiene por aprobado referida solicitud de ampliación de plazo. De acuerdo a los antecedentes documentales y
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR, CONSENTIDO la tercera solicitud de ampliación de plazo, por el periodo de 10 días calendario, que comprende del 18/12/2022 al 27/12/2022, con relación a la Orden de Compra – Guia de Internamiento Nº 0004545 de fecha 16/11/2022, peticionado por la Contratista Honorata Flora Espinoza Alata mediante la Carta Nº 03-2022/HFEA-ABANCAY registrado con SIGE Nº 28813 de fecha 17/12/2022, por el transcurso o vencimiento del plazo concedido a la Entidad, conforme establece el numeral 158.3 del articulo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias; en consecuencia, se tiene por aprobado referida solicitud de ampliación de plazo. De acuerdo a los antecedentes documentales y
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: DECLARAR, CONSENTIDO la cuarta solicitud de ampliación de plazo, por el periodo de 10 días calendario, que comprende del 28/12/2022 al 06/01/2023 con relación a la Orden de Compra – Guia de Internamiento N° 0004545 de fecha 16/11 /2022, peticionado por la Contratista Honorata Flora Espinoza Alata, mediante la Carta Nº 05-2022/HFEA-ABANCAY registrado con SIGE N° 783 de fecha 16/01/2023, por el transcurso o vencimiento del plazo concedido a la Entidad, conforme establece el numeral 158.3 del articulo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias;en consecuencia, se tiene por aprobado referida solicitud de ampliación de plazo. De acuerdo a los antecedentes documentales y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, EN EL DÍA mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, la presente resolución a través del SEACE,conforme dispone el numeral 158.3 del articulo 158º de Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,para su conocimiento y fines de ley. Sin perjuicio,de notificación,a la Contratista Honorata Flora Espinoza Alata,a su correo electrónico contractual: transp.danitza@gmail.com,para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO QUINTO:EXHORTAR, a la Sub Gerencia de Obras y a su Personal(Residente de Obra),a la Oficina Regional de Supervisión , Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y a su Personal(Inspectores y/o Supervisores de Obra),ya la Dirección de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes y a su Personal,con relación a las solicitudes de ampliaciones de plazo, que realicen una correcta evaluación y misión de informes, y;mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones bajo responsabilidad, a,i, n de evitar consentimientos de las solicitudes de ampliaciones de plazo, debiendo tener en cuenta las condiciones o establecidas en las órdenes de compra,lo establecido por la normativa de contrataciones del estado y lo dispuesto en el Memorándum Múltiple Nº 009-2023-GRAP/06/GG de fecha 17/01/2023.
ARTICULO SEXTO: DISPONER, que se remita copia dela presente resolución y sus actuados a la Secretaria técnica de procedimientos Administrativos Disciplinarios, para su conocimiento,a efectos de dar el inicio al deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar, con relación a los consentimientos de las solicitudes de ampliación de plazo, peticionado por la Contratista mediante las cartas: Carta Nº 02-2022/HFEA-ABANCAY registrado con SIGE Nº 28413 de fecha 06/12/2022,Carta Nº 03-2022/HFEA-ABANCAY registrado con SIGE Nº 28813 de fecha 17/12/2022, y la Carta Nº 05-2023/HFEA-ABANCAY registrado con SIGE Nº 783 de fecha 16/01/2023
ARTÍCULO SÉPTIMO: DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe,de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de,.Transparencia y Acceso a la Información
Pública
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