RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°182-2023-GR.APURIMAC/GG

Archivo
junio 12th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°182-2023-GR.APURIMAC/GG
Descripción:

ARTÍCULO PRIMERO: . Declarar, IMPROCEDENTE, la solicitud de Ampliación de Plazo del segundo entregable, correspondiente al Contrato Directoral Regional N’ 0245-2023-GR-APURIMAC/DRA con fecha 03/03/2023, derivada de la Subasta inversa electrónica N° 10 8-2022-MPA-2,perfeccionado el contrato con la recepción de la Orden de Compra- Guia de Internamiento N’ 489-2023 de fecha 23/03/2023, peticionado por el Contratista empresa FABRI BEETS S.A.C para la ADQUISICIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO
PARA EL PROYECTO MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO DE ANCATIRA, DISTRITO DE SAN JERÓNIMO ,ANDAHUAYLAS APURIMAC», por no encontrarse debidamente Justificada, de conformidad a lo previsto por el literal b)del Numeral 158.1 del Articulo 158 del Reglamento de a Ley de Contrataciones del Estado, y teniendo en cuenta los informes técnicos emitidos por el Area Usuaria la Oficina de Abastecimiento,Patrimonio y Margesi de Bienes. De acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍQUESE, EN EL DÍA mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio ,y Margesi de Bienes de presente resolución al Contratista FABRI BEETS S.A.C.,a su correo electrónico contractual fabribeets@gmail.com, a su domicilio contractual: AV. Santa Cruz Nº 380-Andahuaylas,Regional Apurimac, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO TERCERO: SE RECOMIENDA,al Área Usuaria y al Personal asignado al referido proyecto, verificar y exigir el cabal cumplimento de la Orden de Compra-Guia de Internamiento Nº 0489-2023  de fecha 23/03/2023, debiendo dar cuenta a esta Gerencia General sobre el particular.
ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac
www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la lnformacion ubica.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; al Residente Ingeniero, Yener Marcatorma Llanos;Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes;Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac,para su conocimiento y fines de ley.

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]