SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR,el Expediente de Liquidación Técnico Financiera de la IQARR denominadas RENOVACIÓN DE TECHADO PREARMADO Y SISTEMAS DE CIELO RASO REPARACIÓN DE AMBIENTE PARA COMEDOR: CONSTRUCCIÓN DE COBERTURA EN EL(LA) IE FRANCISCO BOLOGNESI ABANCAY EN LA LOCALIDAD ABANCAY, DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA ABANCAY, DEPARTAMENTO APURIMAC»,con Código Unificado de Inversiones N’ 2443596, por un costo real de S/549,571.88 soles,correspondiente a la Ejecución Presupuesta de los Años Fiscales 2019, 20211 y 2022,según Correlativo de Meta Nº 300-2019.,, Correlativo de Meta Nº 073-2021, y Correlativo de Meta N 192-222 para efectos de proceder con la transferencia a la Entidad del Sector Pública encargada de su operación y mantenimiento y el cierre en el banco de inversiones; ello,en virtud al pronunciamiento,informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y Liquidador Financiero, de la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión; y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia,la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO:AUTORIZAR, a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurimac. para que, a través de sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnica – financiera del proyecto en mención. Asimismo;DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad- Oficina de Tesorería), en cumplimiento de sus funciones y competencias, implementen las observaciones y recomendaciones,bajo responsabilidad; para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidación financiera(informes técnicos – financieros). que se custodian en la oficina de resoluciones; ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.
ARTICULO CUARTO: DISPONER, a la UEI (Gerencia Regional de Infraestructura) registre el cierre de las Inversiones en el banco de inversiones mediante formato Nº09 registro de cierre de inversiones una vez que quede consentida la liquidación; en consecuencia, los órganos de linea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus atribuciones, deben realizar los actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.
ARTICULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO SEXTO: PUBLIQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac,www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N°174-2023-GR.APURIMAC/GG
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junio 7th, 2023
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