![](https://app.regionapurimac.gob.pe/transparencia/wp-content/themes/afx-trans/images/down.png)
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR, INFUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto en fecha 11 de mayo de 2023 por el administrado Gavino Huachaca Chullca, identificado con DNI N° 31002810, en contra de la Resolución Directora! Regional N° 0803 -2023 -DREA, de fecha 09 de mayo de 2023. Por los fundamentos expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución CONFIRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento.
Quedando AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA conforme señala el articulo 218′ de la Ley N’ 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Articulo 228′ del Decreto Supremo N’ 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley.
ARTICULO SEGUNDO: DEVOLVER, Los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente Resolución al administrado Gavina Huachaca Chullca, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación de Apurimac, e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTICULO CUARTO: PUBLIQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.