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SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, las solicitudes de «Ampliación de Plazo»con relación al Contrato Directora! Regional Nº 102-2022-GR-APURIMAC/DRA de fecha 17/10/2022 y la Orden de Compra Guía de Internamiento N° 0004289 de fecha 27/1012022, peticionado a la Entidad por Don Y van Miguel Lovatón Matos y Doña Julissa Gabriela Ossio Rey, quiénes refieren serlos Representantes Legales del Contratista DRAEGER PERU 5.A.C., mediante la Carta Nº 11-2023, presentado virtualmente a la Entidad, en fechas 10/0312023 y 13/03/2023, registrado respectivamente con los SIGE Nros 7040 y 7250 – por carecer de sustento técnico legal- de conformidad a lo establecido por el artículo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR, EN EL DIA mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución a través del SEACE, conforme dispone el numeral 158.3 del artículo 158º de Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para su conocimiento y fines de ley. Sin perjuicio, de notificarla presente resolución, al Contratista DRAEGER PERU S.A.C., a sus correos electrónicos contractuales: edison.cristobal@draeger.com e italo.aqulno@draeger.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO TERCERO: DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTICULO CUARTO: EXHORTAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y a la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, con relación a las solicitudes de ampliaciones de plazo, que realicen una correcta evaluación y emisión de su informe, y; mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta lo dispuesto por la normativa de contrataciones del estado y el Memorándum Múltiple N’ 009-2023-GRAP/06/GG de fecha 17/01/2023.
ARTICULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes; Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento,atención y fines de ley.