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ARTICULO PRIMERO.· DECLARAR IMPROCEDENTE POR EXTEMPORANEO, el Recurso Administrativos de Apelación interpuesto por EVA ZELA ROJAS, en contra la Resolución Directora! Regional N’ 1997-2022-DREA. de fecha 22 de setiembre del 2022, emitida por la Dirección Regional de Educación Apurimac, en consecuencia, se DECLARE FIRME el acto administrativo impugnado.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, en merito a lo dispuesto por los articulas 2 y 41 de la Ley N’ 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el numeral 197.1 del articulo 197 y el articulo 228 delT.U.O. de la Ley N’ 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y lo establecido en el articulo 148 de la
Constitución Política del Perú.
ARTICULO TERCERO. • DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia des mismos en Archivo como antecedente.
ARTICULO CUARTO. – NOTIFIQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, al interesado e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública.