ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, CONSENTIDO la solicitud de «Ampliación de Plazo» hasta el día 04 de Febrero del 2023, por el periodo de 19 días calendario, con relación al Contrato Directora! Regional N’ 0116- 2022-GR-APURIMAC/DRA de fecha 17/11/2022, peticionado a la Entidad por la Representante Legal del Contratista J&M GLAS E.1.R.L.,en fecha 30/01/2023, mediante la Carta N’ 002-2023-JM, registrado con SIGE N° 2490, por el transcurso o vencimiento del plazo concedido a la Entidad, conforme establece el numeral
158.3 del articulo 158′ del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias; en consecuencia, se tiene por aprobado la solicitud de ampliación de plazo. De acuerdo a los antecedentes documentales y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: NOTIFIQUESE, EN EL DÍA mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, la presente resolución al Contratista J&M GLAS E.I.R.l.,
a su correo electrónico contractual:jmglass10@hotmail.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO TERCERO:SE EXHORTA,a la Gerencia Regional de Infraestructura,Dirección Regional de Administración, con relación a las solicitudes de ampliaciones de plazo, mayor diligencia y celeridad en elARTcumplimiento de sus funciones bajo responsabilidad, a fin de evitar consentimientos de las solicitudes de ampliaciones de plazo, debiendo tener en cuenta los contratos, los plazos establecidos por la normativa de Contrataciones del estado y el Memorándum Múltiple N° 009-2023-GRAP/06/GG de fecha 17/01/2023.
ARTICULO CUARTO:SE DISPONE, que se remita copia de la presente resolución y sus actuados a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, para su conocimiento, a efectos de dar el inicio al deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar, con relación al consentimiento de la solicitud de ampliación de plazo, peticionado mediante la Carta N’ 002-2023-JM de fecha 30/01/2023 registrado con SIGE N° 2490.
ARTICULO QUINTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Sub Gerencia de Obras; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia.