ARTICULO PRIMERO,-RECONFORMAR, la Comisión de Recepción y liquidación técnica financiera de la Obra: «AMPLIACIÓN DE LA OFERTA DE SERVICIO EDUCATIVOS DE LA I.E. INICIAL N 722,I.E.PRIMARIA N 50666,I.E.CEMA TAMBULLA DEL CENTRO POBLADO DE TAMBULLA DISTRITO DE CHALLHUAHUACHO-COTABAMBAS-APURIMAC»,con código Único de inversion N°2203817,conforme al siguiente detalle:
ARTICULO SEGUNDO.· DÉJESE SIN EFECTO, a partir de la fecha, la Resolución Gerencial General Regional N’ 739· 2022-GR.APURIMAC/GG, de fecha 30 de noviembre de 2022, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.· PRECISAR, que la Comisión deberá instalarse de manera inmediata y sus acciones deberán de ceñirse de manera estricta a las disposiciones contenidas en la Directiva N’ 001-2010-GR.APURIMAC/PR, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N’ 047-2010-GR.APURIMAC, y la Directiva N’ 003-99.CTAR.APURIMAC/PE, aprobada por Resolución Ejecutiva Presidencial N’ 416-99.CTAR-APURIMAC/P, y demás normas complementarias y/o modificatorias.
ARTICULO CUARTO.· NOTIFIQUESE, el contenido de la presente resolución a cada uno de los miembros integrantes de la Comisión, asl como a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTÍCULO QUINTO.· TRANSCRIBIR, la presente resolución a de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de Ley.