ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR DE OFICIO, el error material que se ha incurrido en la RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL Nº 040·2022-GR/APURIMAC/GRDE de fecha 27/12/22, por la causal de error material, únicamente dentro de los extremos advertidos en el Informe Nº 039-023/GRDE/SGAPyS de fecha 24/01/23, ello, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos, los mismos que deberán ser con efecto retroactivo a la fecha de su emisión tanto en la parte considerativa y resolutiva, acto que se efectuara de acuerdo a los siguientes términos:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del Proyecto: «MEJORAMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA CADENA PRODUCTIVA DE LA MIEL DE ABEJA EN LAS 7 PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO DE APURIMAC»,con Código Único de Inversiones N° 2471009; para su ejecución por la modalidad de ADMINISTRACIÓN DIRECTA, en el plazo de ejecución de 1095 días calendarios (36 meses), con un presupuesto total de S/. 18 013,174.19 (DIECIOCHO MILLONES TRECE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON 19/100 SOLES), conforme a los fundamentos y sustento
técnico antes expuesto,( … ) según el siguiente detalle:DEBE DECIR:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del Proyecto: «MEJORAMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE CADENA PRODUCTIVA DE LA MIEL DE ABEJA EN LAS 7 PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO DE APURIMAC», Código Único de Inversiones Nº 2471009; para su ejecución por la modalidad de ADMINISTRACIÓN DIRECTA, en el o de ejecución de 1095 días calendarios (36 meses), con un presupuesto total de SI. 17’816,787.00 (DIECISIETE LONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES), conforme a los
fundamentos y sustento técnico antes expuesto,( … ) según el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: MANTENER, subsistentes los demás extremos de la RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL Nº 040-2022-R/APURIMAC/GRDE de fecha 27/12/22.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, el contenido de la presente resolución a la Gerencia General Regional, al Sub Gerente de Asuntos Productivos y Servicios de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTICULO CUARTO: PUBLiQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.