SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de Mayor extensión de prestación de servicios de consultoría de supervisión de obra, del 01 al 31 de octubre del 2021, de la obra denominada: «Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Salud en los PS 1 – 1 Curanco, Mutkani, Llanaccollpa, Santa Rosa, Huacullo, Huancaray y Palccayño, PS 1 – 2: Chuñohuacho, de la Microred Antabamba, Provincia de Antabamba – Departamento de Apurímac»; solicitada por el consultor lng. Dionisia Rojas Mamani, de acuerdo a los antecedentes documentales, informes técnicos y opiniones técnicas del personal profesional especializado de la entidad demás fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍCAR, en el día, la presente resolución al supervisor de obra Sr. Dionisia Rojas Mamani, en su dirección sito en Av. Nueva Zelanda N° 539 Urb. La Capilla del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, Departamento Puno (Rojas_2080_consultor@hotmaíl.com), al Coordinador de Obras por Contrata, de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento, cumplimiento y fines que se estimen por conveniente.
ARTÍCULO TERCERO: EXHORTAR, al área usuaria del contrato, así como a los profesionales técnicos y administrativos asignados a la obra, mayor diligencia en las acciones de verificación, evaluación y control técnico de la ejecución de la obra, y celeridad en el trámite administrativo que aprueba las modificaciones al contrato.
ARTICULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobiemo Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTICULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Infraestructura; Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de nversión; Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y acciones de ley que ameriten por corresponder, bajo responsabilidad. ( VER PDF )