SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: SE DISPONE, RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL, en los extremos del segundo nombre no se consignó ni el apellido de su Conyugué, en el título emitido por el ex PETT, respecto del predio que se encuentra asignado con la unidad catastral Nº 30204 inscrita en la partida electrónica 02019920 de los Registros Públicos de Abancay, debiendo ser lo correcto Como se detalla en el cuadro siguiente:
DICE: PERALTA JUAREGUI OLGA – AMPUERO POLO J. GERARDO
DEBE PERALTA JUAREGUI DE AMPUERO OLGA VIOLETA. AMPUERO
DECIR: POLO J. GERARDO.
ARTICULO SEGUNDO: SE DISPONE, derivar la presente Resolución Gerencial Regional de Desarrollo Económico a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción respectiva electrónica N° 30204 de los Registros Públicos de Abancay.
ARTICULO TERCERO: ANEXAR, la presente Resolución al expediente principal que se encuentra en custodia del Área de Archivo. NOTIFIQUESE CONFORME A LEY, con la presente Resolución a los interesados para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO TERCERO: SE DISPONE, la publicación de la presente Resolución Gerencial Regional por el termino de ley EN LA PAGINA WEB del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito en la ley N° 27444 ley de Procedimientos Administrativos General.HS. ( VER PDF )