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SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución N° 05 sentencia) de fecha 23 de julio enero del 2019; recaída en el Expediente Judicial N° 01075-2018-0-0301 -JR-CI-62, por la que se declara: «FUNDADA la demanda sobre nulidad de acto administrativo y reconocimiento de pago ,de los reintegros diferenciales por concepto de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, interpuesta por DONATA PERALTA PALOMINO, obrante a fojas trece y siguientes; en tal razón, DECLARO: la Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional N° 106- 2018-GR-APURIMAC/GG, de fecha 05 de abril 2018; y, DISPONGO: que la Gobierno Regional de Apurímac, declare fundado el recurso de apelación interpuesto por el demandante, contra la Resolución Directoral Regional NM629-2017-DREA, de fecha 29 de diciembre del 2017; y emita nueva resolución administrativa, en favor de la demandante reconociendo el pago de los reintegros diferenciales por concepto de las bonificaciones mensuales por preparación de clases y evaluación equivalentes, y pago de la bonificación adicional por preparación de documentos de gestión, equivalentes al 30% y 5% de su remuneración total íntegra, desde la fecha en que por ley le fue abonada dicha bonificación, hasta antes de la vigencia de la Ley Nro. 29944, más los intereses legales; en el plazo de VEINTE DIAS de quedar consentida o ejecutoriada la presente resolución (…)».
ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR que la Dirección Regional de Educación Apurímac, según corresponda, tenga que efectuar las acciones administrativas, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. (VER PDF)