RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 173-2020-GR.APURIMAC.GG

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agosto 12th, 2020
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 173-2020-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la solicitud de «Ampliación Excepcional de Plazo», a favor del Contratista Consorcio Torrechayoc; por el periodo de 173 días calendarios, de los cuales corresponde a la paralización por el Estado de Emergencia (111 días Calendarios), la Elaboración, presentación y aprobación de la ampliación excepcional de plazo (29 días calendarios), por la implementación de plan de vigilancia y control del CODIV-19 en el trabajo (33 días calendarios), en el marco del Contrato Gerencial General Regional N° 1783-2019-GR-APURIMAC/GG, para ejecución de la obra denominada: «Mejoramiento del Servicio Educativo del nivel Inicial en las Instituciones Educativas, N°977 Distrito de Andarapa, N°54725, N°55G06-16, N°54494 Distrito de Tumay Huaraca, 54631 Distrito de Santa María de Chicmo, Provincia de Andahuaylas, Región Apurimac», conforme a los informes técnicos y opiniones del personal profesional técnico especializado del área usuaria de la entidad, Coordinador de Proyectos de Inversión, y Gerencia Regional de Infraestructura y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución,

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, a la Gerencia Regional de Infraestructura, en su condición de área usuaria del Contrato Gerencial General Regional N° 1783-2019-GR-APURIMAC/GG, que conforme a sus funciones y competencias; cumpla con implementar las acciones descritas en la Directiva N° 005-2020-OSCE/CD bajo responsabilidad.

ARTICULO TERCERO: NOTIFIQUESE, en el día la presente Resolución al Consorcio Torrechayoc, en su domicilio contractual, sito en Av. Tullumavu N° 213-A del Distrito de Wanchaq, Provincia y Región Cusco, y a su correo electrónico: RONALD VN54@HOTMAlL.COM; asimismo, notificar al Consultor encargado de la Supervisión de la obra, Consorcio el SOL, en su domicilio sito en Av. los Portales Mza. 04 Lte. 2-3 Dpto. 101, Urb. Puerta de Pro del Distrito de los Olivos, Provincia y Departamento de Lima, y a su correo electrónico: hiromu.sac@gmail.com. heoribg5@hotmail.com, para su conocimiento, cumplimento y fines de Ley.

ARTICULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica.

ARTICULO QUINTO: PONGASE A CONOCIMIENTO, la presente resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de fnfraestaáyra: Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión; y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y acciones de ley que ameriten por corresponder, bajo responsabilidad.

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