HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Estratégico Regional de Turismo de Apurímac 2019 -2025 – PERTUR APURÍMAC 2019 – 2025, como instrumento de planificación y gestión, que establece los lineamientos para el desarrollo de la actividad turística, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DELÉGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Apurímac, para que en coordinación con la Comisión Multidisciplinaria, Comité de Seguimiento y Evaluación del PERTUR APURÍMAC 2019 – 2025, instancias administrativas competentes del Gobierno Regional de Apurímac, Gobiernos Locales y sector privado, procedan a su implementación en sus contenidos, diseño de la estrategia del Sector Turismo de la Región Apurímac, que contempla los temas y objetivos estratégicos, los planes de acción, así como los programas, proyectos y actividades.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCÁRGUESE al Ejecutivo Regional, la asignación presupuestal para la ejecución de programas, proyectos y actividades, según disponibilidad presupuestal, así como la asignación de mayores recursos financieros gestionados ante el Ministerio de Economía y Finanzas, y otras fuentes de cooperación interna y externa.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Portal Web del Gobierno Regional de Apurímac, conforme dispone el Artículo 42° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Comuniqúese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac para su promulgación. En Abancay, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.