HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.-DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA PRACTICA DEL CARNAVAL ORIGINARIO HUANCABAMBA, ÑAHUIMPUQUIO, CHECCCHE Y HUARACCOPATA.
ARTÍCULO SEGUNDO.-ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencias Regionales y Sub Gerencias, Direcciones Regionales, Oficinas, Unidades Orgánicas y Órganos Desconcentrados y Descentralizados del Gobierno Regional de Apurímac el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO TERCERO.-DEROGAR, todas las disposiciones que contravengan con la vigencia de la presente Ordenanza Regional.
ARTÍCULO CUARTO.-PUBLICAR y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional conforme dispone el Artículo 42 0 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus Modificatorias. En el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO QUINTO.-La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente de su promulgación.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Apurímac, para su promulgación.
En Abancay, a los seis días de mes de noviembre del año dos mil veinticuatro, (VER PDF).